La fecha límite para la Declaración del Censo de Capital Extranjero en el País («Censo») comenzó en el 1 de julio y se cierra el 17 de agosto a las 6 p.m.
El Censo, promovido por el Banco Central de Brasil («BC»), tiene gran relevancia en la determinación de la política económica exterior brasileña, y recopila, al mismo tiempo, datos importantes.
¿Quién debe declarar?
De acuerdo con la Ley No 4.131/1962 y la Circular No 3.795/2016 del BC, están obligadas a presentar la información relativa al Censo aquellas personas jurídicas con sede en el país que, el 31 de diciembre de 2019, tenían:
- Capital social de los accionistas igual o superior al equivalente de 100 millones de dólares EE.UU. en R$ brasileños y, al mismo tiempo, participación directa de los inversores no residentes en Brasil en su capital social, en cualquier cantidad; o
- Saldo total pendiente de créditos comerciales a corto plazo [que vencen dentro de 360 días] otorgados por no residentes del país, cuyo monto es igual o superior al equivalente de 10 millones de dólares EE.UU en R$ brasileños.
En la misma medida, los Fondos de Inversión que, al 31 de diciembre de 2019, tenían un capital igual o superior al equivalente de 100 millones de dólares EE.UU. en R$ brasileños y los titulares no residentes de contingentes también están obligados a cumplir con la declaración del Censo de este año.
La información relativa al Censo debe ser declarada en el propio sitio web de BC www.bcb.gov.br.
Después de enviar la información al BC, es necesario que el declarante mantenga la documentación justificativa por un período de 5 años para que, si así lo solicita el BC, pueda volver a presentarla.
Excepciones
No hay ninguna obligatoriedad con respecto a la declaración del censo en el caso de:
- Personas naturales;
- Organismos de la Administración Directa de la Unión, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios;
- Personas jurídicas responsables de las transferencias de créditos externos otorgadas por instituciones con sede en brasil; Y
- Entidades sin ánimo de lucro mantenidas por contribución de no residentes en el país.
Sanciones
En caso de proporcionar información falsa, incompleta, incorrecta o fuera de tiempo, la normativa del BC denota que se aplicarán las siguientes infracciones:
- Suministro de información fuera de plazo: multa del 1% del importe sujeto a registro o declaración [limitado a R$ 25.000 brasileños];
- Suministro de información incompleta o incorrecta: multa del 2% del importe sujeto a registro o declaración [limitado a R$ 50.000 brasileños];
- Ausencia de registro o declaración: multa del 5 por ciento del importe sujeto a registro o declaración [limitado a 125.000 R$ brasileños];
- Suministro de información falsa: multa del 10% del importe sujeto a registro o declaración [limitado a R$ 250.000 brasileños];
Cambios en la declaración del año próximo
Un cambio que se debe tener en la cuenta es que la declaración del Censo de 2021 [que tiene el año base 2020] debe ser obligatoria para más inversiones extranjeras.
Esto se debe a que la normación de la implementación del Censo prevé la realización del “Censo quinquenal” a los Censos que tienen el año base terminando en 0 o 5.
A diferencia de este año, la declaración de 2021 tiene un nivel más amplio de cobertura, abarcando también a las personas jurídicas que tienen inversiones originadas de no residentes en su capital social independientemente del monto de su monto.
Por favor, póngase en contacto con nosotros para obtener más información o hacer su declaración!
Publicado el 14 de julio 2020